Nuevo acuerdo de coproducción audiovisual entre España y Argentina
El ICAA ha publicado en su web la renovación de la firma del acuerdo de coproducción para el cine y el audiovisual entre España y Argentina.
Ambos países ya lo habían dado a conocer en el marco del pasado Festival Internacional de Cine de San Sebastián y ahora ya está disponible en su web. El Gobierno ya aprobó este verano en Consejo de Ministros la firma y aplicación provisional de este acuerdo de coproducción cinematográfica y audiovisual entre ambos países. Con la finalidad, tal como describieron, de fomentar el desarrollo de proyectos atendiendo las necesidades actuales que tienen las empresas y autores audiovisuales.
Este acuerdo recoge las normas a las que deben ajustarse la realización de coproducciones o las disposiciones que rigen los trabajos de rodaje.
Para que ambos países mantengan un equilibrio de aportes tanto artísticos como técnicos y financieros, se establece que la participación minoritaria debe tener necesariamente una participación actoral y técnica en la obra audiovisual. En cuanto a los aportes financieros los mismos pueden ir del ochenta al veinte por ciento como máximos y mínimos respectivamente. Se introduce asimismo la posibilidad de coproducir exclusivamente en términos financieros hasta un máximo de seis películas por año.
Cabe destacar que incluirá a todo tipo de obra cinematográfica o audiovisual, cualquiera que sea su formato, duración o soporte y no sólo a los largometrajes, si no también las series y películas para televisión.
Hasta el momento, había un Convenio bilateral Hispano-Argentino de Relaciones Cinematográficas de 1969. Tendrá una vigencia inicial de 5 años, renovables.
Argentina es el principal país coproductor de cine con España. En los últimos cinco años, se han coproducido 50 largometrajes, según datos publicados.
Por otro lado, ha entrado en vigor del Acuerdo de coproducción cinematográfica entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China, hecho en Beijing el 25 de septiembre de 2014. Entró en vigor el 7 de septiembre de 2018, tal como publica el BOE a 7 de noviembre de 2018.
Por si alguien no lo tiene muy claro, las coproducciones internacionales son aquellos proyectos audiovisuales realizados con empresas extranjeras, que se rigen por los convenios internacionales aplicables o, en su defecto, por las normas generales establecidas en la Ley del Cine.
Éste y otros los podéis consultar en este enlace del ICAA. Os recordamos que el ICAA, dependiente del Ministerio de Cultura, es quien gestiona los acuerdos de coproducción para facilitar la realización de rodajes entre empresas españolas y extranjeras. Si quieres conocer los requisitos, ponte en contacto con el ICAA.