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LA AUDIENCIA NACIONAL NO APRUEBA LAS TARIFAS DE LA COMPENSACIÓN POR COPIA PRIVADA

Según la Sala de lo Contencioso del tribunal, la orden ministerial que regula la aplicación de esta tasa que compensa a los creadores por el lucro estuvo mal pergeñada en origen: los jueces de la Audiencia consideran ahora que hubo trámites legales que no se acometieron durante la gestación de la Orden y de ahí su decisión: anular las tarifas vigentes (de 2008) en la aplicación del canon sobre aquellos soportes que permitan la duplicación y reproducción de obras protegidas por derechos de autor.

La sentencia, que es recurrible, no supone en modo alguno la muerte legal del canon digital. En ella, la Audiencia no juzga ni el concepto ni la oportunidad en la aplicación de esta remuneración compensatoria aprobada en 2003, y que reciben los creadores culturales de manos de las distintas entidades de gestión de derechos de autor. Lo que hacen los magistrados de la Audiencia es poner en entredicho su tramitación burocrática.

Fuente: www.elpais.com

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