Aprobado un Real Decreto-Ley que modifica la financiación del cine
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 14 de mayo el Real Decreto Ley 6/2015 , por el cual se modifica la Ley del Cine , del 28 de diciembre de 2007, en cuanto al régimen de ayudas denominadas a la amortización en la producción de cine y se conceden varios créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el Presupuesto del Estado, así como otras medidas de carácter tributario.
Tal como publican en el MECD, en cuanto a las ayudas denominadas a la amortización en la producción de cine, presentes en la Ley del Cine de 2007, se sustituyen por una nueva línea de ayudas anticipadas a la producción de largometrajes sobre proyecto, que convivirán con las tradicionales ayudas selectivas a proyectos. Hasta ahora, el pago de amortizaciones se realizaba a posteriori, dos años después del estreno, y ahora pasarán a ser a priori. Esto viene a significar que el productor pueda conocer antes del lanzamiento de su largometraje con cuánto dinero público contará. Este cambio permitirá disminuir los costes financieros de las películas en más de un 15%, y destinar la ayuda directamente a la producción, tal como se venía demandando desde el sector.
Este cambio está basado en parámetros orientados a reforzar industrialmente el cine español: capacidad de los productores para producir y distribuir, impacto internacional, se da valor a la coproducción y se tendrá en cuenta que el rodaje tenga lugar en España.
El Consejo de Ministros ha aprobado también un suplemento de crédito extraordinario por valor de 16 millones de euros para abonar la amortización pendiente de 2014 y completar las necesidades presupuestarias de 2015 para estas ayudas al cine. El presupuesto del Fondo de Protección de la Cinematografía este año será de 52,5 millones de euros.
En la convocatoria de las ayudas se determinará el porcentaje de pago que corresponderá a cada una de las fases de ejecución de la película, por ejemplo, ante la presentación del proyecto, el inicio del rodaje y la obtención de la calificación.
Las ayudas anticipadas se concederán de forma automática mediante la aplicación de criterios objetivos de valoración. Estos criterios, así como la ponderación de los mismos, aspectos en los que aún se está trabajando, deberán concretarse en el Real Decreto y la Orden de desarrollo de esta Ley. La determinación de estos criterios objetivos atenderá, entre otros aspectos, a la viabilidad económica y financiera del proyecto, a la difusión, distribución y plan de marketing, a la solvencia técnica del beneficiario, a la relevancia cultural española y europea, al carácter innovador del proyecto, así como al impacto socioeconómico de la inversión en España. En la ponderación de criterios objetivos, además de tener en cuenta el fomento de la diversidad y promoción de la cultura de las películas, primarán las producciones cuyo objetivo sea lograr una importante difusión y el éxito comercial.
El Real Decreto Ley también amplía la obligación de informar sobre la calificación que corresponde a las obras para las empresas que presten servicios de vídeo bajo demanda y a los titulares de sitios web que ofrecen listados ordenados y clasificados de enlaces a otras web o servidores donde se alojen las obras cinematográficas o audiovisuales.
Aún hay cuestiones pendientes como ver cómo se concreta el texto en el desarrollo legislativo, tal como ha asegurado en un comunicado Ramón Colom, Presidente de FAPAE; así como el aumento de los incentivos fiscales para igualarnos con otras cinematografías, insuficiente a día de hoy, tal como se defiende desde APPA.
La normativa aprobada tendrá ahora un periodo transitorio en los próximos tres años. A finales de junio se aprobará en el congreso este Real Decreto Ley, después del verano está previsto contar ya con la orden que lo desarrollará y que el nuevo modelo sea efectivo para todos los rodajes que se inicien a partir del 1 de enero de 2016.